Ser persona física o moral que requiera obtener la autorización o aprobación del Programa Interno de Protección Civil o aviso de no variación del Programa Interno de Protección Civil
No aplica
En el domicilio o establecimiento del Sujeto Obligado
Anual
14
6
Derechos y obligaciones
1. El verificador deberá exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar dicha función, así como la orden.
2. Presencia de dos testigos propuestos por la persona con quien se hubiere entendido la diligencia.
3. Los visitados a quienes se haya levantado acta de verificación podrán formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas en relación a los hechos contenidos en ella, o bien, por escrito, hacer uso de tal derecho dentro del término de cinco días siguientes a la fecha en que se hubiere levantado.
1. Permitir el acceso y dar facilidades e informes a los servidores públicos para el desarrollo de su labor.
1. Realizar diligencia
2. Estar provisto de Orden escrita con firma autógrafa expedida por la autoridad competente
3. Exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar dicha función, así como la orden
4. Levantar acta circunstanciada
5. Dejar copia del acta a la persona con quien se entendió la diligencia
Sanciones
Suspensión temporal de actividades
Calculado
No aplica
No aplica
Autoridad
Calle 60 por 65 y 67 Altos Bazar García Rejón, segundo piso, Col. Centro, C.P. 97000, Mérida, Yucatán