Verificar que el proyecto de gabinete coincida con lo existente en el sitio donde se llevará a cabo.Verificar la correcta ejecución de los procesos constructivos.
1. Acudir al sitio de la obra (No es necesario que se encuentre presente el solicitante).
2. Análisis y verificación del proyecto presentado.
3. Elaboración del reporte de acuerdo a la información recabada durante el proceso de inspección.
4. Cierre y firma del reporte.
90 minutos
No
Sujetos obligados
Persona física, persona moral
Ser persona física o moral que requiera un permiso para uso y aprovechamiento del derecho de vía
No aplica
En el sitito donde se construirá el proyecto
Indefinido
0
0
Derechos y obligaciones
1. El verificador deberá exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar dicha función, así como la orden.
2. Los visitados a quienes se haya levantado el reporte de inspección podrán ofrecer pruebas en relación a los hechos contenidos en ella, o bien, por escrito, hacer uso de tal derecho dentro del término de cinco días siguientes a la fecha en que reciben el dictamen.
1. Permitir el acceso y dar facilidades e informes a los servidores públicos para el desarrollo de su labor.
1. Realizar diligencia
2. Estar provisto de la solicitud y proyecto presentado
3. Exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar dicha función, siempre y cuando el solicitante esté presente.
4. Levantar reporte de inspección
Sanciones
Revocación de licencia, permiso, autorización u otro
Calculado
No aplica
Dispuesto en el art. 86 de la Ley de Vías Terrestres del Estado de Yucatán
Autoridad
Av. Aviación 81-A No. 721, Colonia Sambulá, Mérida, Yucatán