Verificar que las medidas de seguridad humana y contra incendio, fueron instaladas de acuerdo al proyecto del inmueble, para evitar incendios que pueda incidir en la seguridad de la población del inmueble del proyecto.
Ser persona física o moral que requiera obtener la Constancia de Cumplimiento en Materia de Seguridad Humana y Contra Incendio, de un inmueble en proyecto el cual se pretende liberar su termino de Obra.
No aplica
En el domicilio o establecimiento del Sujeto Obligado
1 año
247
0
Derechos y obligaciones
1. El verificador deberá exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar dicha función, así como la orden.
2. Presencia de dos testigos propuestos por la persona con quien se hubiere entendido la diligencia.
3. Los visitados a quienes se haya levantado acta de inspección podrán formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas en relación a los hechos contenidos en ella, o bien, por escrito, hacer uso de tal derecho dentro del término de cinco días siguientes a la fecha en que se hubiere levantado.
1. Permitir el acceso y dar facilidades e informes a los servidores públicos para el desarrollo de su labor.
1. Realizar diligencia
2. Estar provisto de Orden escrita con firma autógrafa expedida por la autoridad competente.
3. Exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar dicha función, así como la orden.
4. Levantar acta de visita de inspección en materia de seguridad.
5. Dejar copia del acta a la persona con quien se entendió la diligencia.
Sanciones
No aplica
No Aplica
No aplica
No aplica
Autoridad
Calle 72 (Av. Reforma No. 414, Interior x 39 y 41 Sector Centro).