Impacto ambiental
Modalidad: Inspección y verificación
Secretaría de Desarrollo Sustentable
Direcciones de Evaluación Ambiental y de Inspección Ambiental
Inspección
Preventiva
Verificar las condiciones del predio de acuerdo a lo que te presentan en el estudio.
Realiza tu Protesta Ciudadana
Requisitos o documentos
Identificación Oficial
Procedimiento
1.- Notificación del oficio o verificación del procedimiento: Citatorio, Notificación, oficio de inspección, nombre notificador/inspector.
2.- Información técnica que se observa en la inspección: Fecha, Horas, Ubicación, Colindancias, Permisos, Observaciones.
3. Levantamiento del acta y trato con el que atiende la diligencia: Atendieron, Llenar acta de hechos, Acta de Inspección, Firmas
90 minutos
Sujetos obligados
Persona física, persona moral
Ser persona física o moral que requiera obtener una Autorización en materia de Impacto Ambiental de un inmueble de un proyecto el cual se pretende construir.
No es relevante
En el domicilio, establecimiento o Sitio donde se pretenda realizar o se esté realizando la obra, actividad o proyecto del Sujeto Obligado, o en el domicilio, establecimiento o Sitio denunciado por estar llevando a cabo una obra, actividad o proyecto que requiera regulación ambiental por parte de la Secretaría, o en el sitio, domicilio o establecimiento en donde se haya detectado que se está realizando una actividad sin autorización por parte de la Secretaría y la actividad u obra sea competencia de la misma.
1 día
172
29
Derechos y obligaciones
1. El verificador deberá exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar dicha función, así como la orden.
2. Presencia de dos testigos propuestos por la persona con quien se hubiere entendido la diligencia.
3. Los visitados a quienes se haya levantado acta de inspección podrán formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas en relación a los hechos contenidos en ella, o bien, por escrito, hacer uso de tal derecho dentro del término de cinco días siguientes a la fecha en que se hubiere levantado.
1. Permitir el acceso y dar facilidades e informes a los servidores públicos para el desarrollo de su labor.
1. Realizar diligencia
2. Estar provisto de Orden escrita con firma autógrafa expedida por la autoridad competente
3. Exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar dicha función, así como la orden
4. Levantar acta circunstanciada
5. Dejar copia del acta a la persona con quien se entendió la diligencia
Sanciones
Multa
Calculado
10 a 50000 UMAS
Gravedad de la infracción y reincidencia
Autoridad
Calle 64 no. 437 x 53 y 47A, Centro, C.P. 97100
(999) 930-3380
Calle 64 No.437 x 53 y 47-A, Centro, 97000 Mérida, Yuc.
(999) 944-3532
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